Tras diez años de contencioso, el Tribunal Supremo ha dictado sentencia y obliga a que la DO Valencia elimine de su pliego de condiciones los municipios adscritos a otras demarcaciones geográficas como la D.O Utiel-Requena o Alicante.
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de la DOP Alicante y la DOP Utiel-Requena frente a los recursos interpuestos contra la DOP Valencia por la incorporación de municipios de su zona de producción como suyos. Este hecho se produjo desde el año 2010 cuando la Conselleria de Agricultura promovió a través de un nuevo reglamento que la DO Valencia ampliara su zona de producción incluyendo localidades que eran propias de las otras figuras de calidad lo que supuso una duplicidad de registros y una difuminación de estas figuras. Alegaban entonces “necesidades comerciales”, pero lo que se propiciaba con ello era que vinos procedentes de zonas como el Vinalopó, con características muy diferentes, saliesen al mercado con la marca “Valencia”.
Según un comunicado recibido en la redacción, el fallo del TS establece como doctrina jurisprudencial que “la demarcación geográfica de una DOP puede ser modificada y, por consiguiente, podrá incorporar terrenos pertenecientes a otra DOP, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para ello en la normativa comunitaria y los que, en consonancia con aquella, se establecieren –en su caso- en la normativa estatal y autonómica correspondiente”. Pero, en el caso de la DO Valencia, “la modificación de su demarcación geográfica operada en las Órdenes 13/2011 y 3/2011 no se ajustó a los requisitos exigidos en la normativa comunitaria, al no incluirse en el Pliego de Condiciones con el detalle requerido el ‘vínculo’ de la DO Valencia con los terrenos situados en los términos municipales incluidos en las Denominaciones de Origen Protegidas de Utiel-Requena y Alicante que fueron considerados también como zona de producción de la DO Valencia”.
De acuerdo con lo expuesto, los territorios de la DOP Utiel-Requena son de la DO Utiel-Requena, “porque aquí sí hay un vínculo directo entre la tierra y el verdadero origen del producto. Los municipios de esta DO Utiel-Requena son: Camporrobles, Caudete de las Fuentes, Fuenterrobles, Requena, Siete Aguas, Sinarcas, Utiel, Venta del Moro y Villargordo del Cabriel. Esta sentencia significa un reconocimiento y respeto al trabajo de los viticultores y bodegueros de la DOP Utiel-Requena, y un paso definitivo hacia la transparencia de cara al consumidor.”
Esta sentencia llega después de numerosos recursos presentados e incluso de sentencias contrarias como la del propio Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o las de Valencia en contra de la Conselleria cuando trató de retirar esa orden.
En el comunicado se agradece al sector vitivinícola de la comarca, ayuntamientos, mancomunidades, sindicatos, asociaciones y población en general, su adhesión “al Manifiesto en Defensa del Territorio de la DO Utiel-Requena. En él pedíamos respeto por el patrimonio del territorio. Los tres principios de esta declaración eran el respeto a la historia, a la tierra y al trabajo de las gentes que viven y apuestan por ella y, finalmente, al concepto veraz de una Denominación de Origen: Utiel-Requena”, apuntan desde la denominación. Por su lado, la D.O Alicante afirma “es un momento muy importante pues nos refrenda en la lucha por nuestro territorio que está históricamente protegido”.